Normalmente nos presentan opiniones, ofertas comerciales, recomendaciones de vendedores, etc. que ofrecen los mejores precios e inigualables ubicaciones para decidir la compra de un inmueble, desde un terreno, una casa-habitación ó un departamento, pero luego de decidir la compra y proceder a la cancelación, todo se desvanece y/o desaparecen, sin brindar información sobre uno de los puntos más importantes al comprar un inmueble, que es: cómo proceder a declarar el predio comprado.
Lo anterior se conoce como Declaración Jurada ante la Municipalidad de la zona donde está ubicado el predio recientemente adquirido, en éste caso ante la Municipalidad de La Molina; esto es una constante a fin de evitar cometer “infracción” por no declarar la compra dentro del plazo establecido lo que generará una Multa Tributaria que puede variar entre el 15% y 100% de la UIT vigente.
Asimismo, también es necesario cumplir con registrarse como propietario para empezar a pagar los impuestos municipales correspondientes: impuesto predial y arbitrios, motivo por el cual a continuación pasamos a hacer de su conocimiento la siguiente información de utilidad para llevar a cabo dicho proceso.
En principio se debe tener en cuenta que la obligación antes mencionada está a cargo del Adquiriente, que puede ser persona natural ó jurídica que efectúe la compra de un inmueble y que será considerado por la Municipalidad en calidad de “contribuyente”. Ambos tipos de personas deben realizar Declaración Jurada cuando efectúen una compra, una venta, así también modificaciones en la construcción ó fallecimiento de algún titular.
La diferencia entre personas naturales y jurídicas es que, en cuanto a: persona natural, se asume la responsabilidad a Título Personal con su patrimonio y bienes propios; pero en el caso de persona jurídica se puede tratar de una persona o más, con diferentes derechos y obligaciones según la empresa que representen, por lo cual además de la documentación que detallaremos más adelante, debe adjuntar copia de la Ficha RUC y copia de la Vigencia de Poder actualizada emitida por registros Públicos.
En ésta ocasión nos centramos en la compra de un inmueble en zona urbana, por lo tanto, en el momento de preparase para efectuar la Declaración Jurada respectiva, cuando se trate de persona natural debe considerarse el estado civil del interesado (para determinar la intervención del cónyuge) y luego tener disponibles los siguientes documentos:
- Documento de compra del inmueble: que puede ser desde la minuta debidamente firmada y legalizada ó el Testimonio-Título de propiedad inscrito en los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de Lima, presentando el original más una copia fotostática.
- DNI actual del comprador, en éste caso nuevo propietario, llevar original, más una copia.
- Formatos HR, PU y “pago anual” del impuesto predial del inmueble, proporcionados por el vendedor.
Considerar que debe revisar la fecha del documento de compra, porque a partir de ésa fecha contará el plazo para la presentación en la Municipalidad deberá acercarse a la Subgerencia de Registro y Atención al Ciudadano y manifestar que va a realizar el ALTA ó ingreso de registro por compra.
En cuanto al plazo de presentación: debe efectuar la declaración, contando desde la fecha de compra, hasta el último día hábil del mes siguiente, porque la municipalidad empezará a emitir el pago de arbitrios que generará recargos de no cumplir el plazo, aun cuando el impuesto predial recién estará a cargo del nuevo propietario, a partir de febrero del año siguiente.
No debe pagar los impuestos municipales a nombre del propietario anterior ó de otras personas aunque sean del mismo predio que actualmente le pertenece, porque las deudas son de las personas y no del predio. Los pagos errados ó equivocados deberán enmendarse mediante trámites que le quitarán tiempo y tendrá que cumplir con exigencias que sustenten el cambio en los registros de la municipalidad. Comentamos adicionalmente que según Decreto Legislativo n° 126 que establece mandatos sobre Simplificación Administrativa, el transferente o vendedor no tiene la obligación de hacer declaración de Descargo (información SAT).
El trámite es gratuito. Antes de firmar la Declaración Jurada, que actualmente se emite mediante emisión mecanizada, debe revisar al detalle lo que aparece anotado, solicitando rectificar de ser al caso, finalmente para concluir con la gestión correcta deben entregarle los formatos Hoja Resúmen (HR) y del Predio Urbano (PU), que representa la FICHA DE REGISTRO MUNICIPAL legalmente válida, que serán debidamente suscrita por el interesado.
La emisión mecanizada es un servicio municipal autorizado bajo la Ley de Tributación Municipal a fin de mantener actualizados todos los valores arancelarios, depreciación etc. que son ratificados y autorizados anualmente por la Municipalidad Metropolitana de Lima, luego serán procesados por sus propios digitadores, que coordinarán la impresión y compaginación generando las conocidas “Cuponeras” para cada contribuyente.
Podría darse el caso de que no pudiese acercarse personalmente, se soluciona enviando un representante llevando carta poder legalizada o autenticada y DNI. (ambos en original y copia).
Finalmente, ponemos en conocimiento que nos será muy grato brindar amplia asesoría municipal gratuita, a todo interesado que compre un inmueble a través de nuestra página.