Inmobiliaria

Qué es y cómo tramitar una licencia comercial o de funcionamiento para negocio?

El contenido de la presente información es amplia, pero haremos llegar extractos fundamentales; empezamos recordando que la Licencia de Funcionamiento es un permiso que otorga una municipalidad a predios con ubicación apta, cuyos conductores pueden realizar diversos trabajos económicos: comercio, industria, prestación de servicios, etc. dentro de su jurisdicción ó competencia.

Contar con una licencia de funcionamiento refleja seriedad y cumplimiento legal de su negocio, lo cual es observado por sus futuros clientes consumidores, ayuda la gestión de créditos en el sistema financiero formal y además es uno de los análisis que efectúan las grandes empresas públicas ó privadas que advierten su acceso al mercado.

Es de gran importancia tener conocimiento que, desde que se inicia la idea de realizar un futuro negocio, y se va resolviendo el giro comercial que quisiera desarrollar, en forma paralela el emprendedor deberá buscar información referente a la Zonificación-Compatibilidad de Uso y Categoría de Seguridad que corresponda, pues según el lugar que elija indistintamente, ambos indicadores mencionados al pasar por la revisión inicial municipal, serán determinantes para continuar con la confianza de lograr el negocio anhelado.

Las licencias son gestionadas y otorgadas a solicitud de toda persona natural, jurídica ó grupos colectivos, pudiendo ser de origen nacional ó extranjero y de conducción pública ó privada. Además tener en cuenta que se deberá cumplir con una serie de requisitos que las múltiples municipalidades distritales ó provinciales a nivel nacional de nuestro país le solicitará y que por ser cada municipalidad autónoma, no serán similares.

Existen tipos de licencia según funcionamiento definitivo:

  • Licencia de Funcionamiento Corporativas (mercados de abasto, galerías comerciales)
  • Licencia de Funcionamiento para Cesionarios (edificaciones multidisciplinarias, según área) para casos singulares hay Licencia de Funcionamiento Especial, pero se emiten según normas expresas.

Otro detalle a considerar es determinar si la Licencia que se va a solicitar será de plazo temporal (que vencerán a la fecha establecida) ó plazo indeterminado como normalmente se emiten, si al cabo de un período de tiempo decide terminar el negocio, en principio pudiera darse la figura de “transferir licencia”, de lo contrario deberá comunicarlo a la municipalidad mediante una carta simple, de ésta manera quedará sin efecto, evitando su mal uso.

Cada licencia otorgada corresponde a un local ó negocio y puede autorizar más de un giro ó actividad principal, siempre que las adicionales sean similares ó complementarias. Si se decidiera expandir el negocio, aún en la misma zona ó en otro distrito está obligado a solicitar nueva licencia adecuada para cada caso.

Durante el trámite, el plazo límite para la entrega de licencia, es 15 (quince) días hábiles, luego de completar toda la documentación requerida. Por supuesto que se pueden presentar obstáculos en la gestión: diversas exigencias ó limitaciones de la administración municipal, pero INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual) ha tomado el control de éstas ilegalidades mediante la creación del CEB (Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas) que sanciona a las municipalidades que no adecúen sus procedimientos. Algunos ejemplos de municipalidades sancionadas son: Pueblo Libre, Chorrillos, Villa María del Triunfo, Independencia (Gestión 26-mayo-18). Cuando ya se ha recibido una Licencia de Funcionamiento, no olvidar que hay autorizaciones adicionales como por ejemplo: anuncios ó avisos publicitarios.

En forma general los requisitos básicos que se deberán cumplir para obtener una Licencia de Funcionamiento son los siguientes:

  1. SOLICITUD de Licencia de Funcionamiento con carácter de Declaración Jurada(incluye n° Ruc. Ó DNI según tipo de persona)
  2. VIGENCIA DE PODER del represente (personas jurídicas)carta poder firma legalizada (persona natural)
  3. DECLARACION JURADA de cumplimiento Condiciones de Seguridad ó Inspección Técnica
  4. PAGO TASA ó costo establecido por cada municipalidad.

De manera complementaria, según el caso, deberá cumplirse con otros requisitos que le serán notificados. Existen exoneraciones o la no obligación de solicitar Licencia:

  1. Instituciones ó Dependencias del Gobierno Central, Regional ó Local, incluye Fuerzas Armadas
  2. Embajadas, Delegaciones Consulares de Organismos Internacionales
  3. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
  4. Instituciones de cualquier credo religioso.

Desarrollar un negocio sin licencia de funcionamiento dará lugar a la aplicación de fuertes castigos ó sanciones que pueden ir desde altas multas hasta cierre definitivo del establecimiento. Reiteramos nuestra sugerencia de encomendar ésta diligencia a personas conocedoras é instruidas en éste campo, para evitar destruyan sus aspiraciones y primordialmente lo guíen a la pérdida de su inversión (si avanzaron con el negocio sin advertir las consecuencias de la informalidad).

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